EL INFORME DE LA INSPECCION TECNICA DE EDIFICIOS.GFA 959 12 63 12

¿Quienes realizan el informe técnico?
En el caso de edificaciones destinadas a viviendas, comercial, oficina, docencia, religioso e instalaciones deportivas, el Informe de Inspección técnica será realizado por Arquitectos y Arquitectos Técnicos o Aparejadores.
Los informes se presentarán en la Gerencia Municipal de Urbanismo firmados, al menos, por un Arquitecto y un Aparejador o Arquitecto Técnico y visados por ambos colegios.
El informe técnico se compone de tres documentos:
FICHA TÉCNICA DEL EDIFICIO: en la que se cumplimenta los datos de la edificación (superficie, uso, ocupación, condiciones urbanísticas, etc.)
INFORME TÉCNICO DE LA INSPECCIÓN: en la que se describe las características y elementos de la construcción y el estado de conservación de los mismos. DICTAMEN: En el que se certifica el cumplimiento de las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público establecidas en el PGOU de Huelva, o en su caso, el incumplimiento y las actuaciones necesarias para alcanzar las mismas.

Tramitación del informe tecnico.
Los propietarios deberán encargar la inspección técnica a un profesional cualificado, en ejercicio, y colegiado en el correspondiente Colegio Profesional.
Estos profesionales revisarán el edificio (Cubiertas y aleros, fachadas, paredes, Forjados…).

Los técnicos realizarán la inspección al inmueble y redactarán el informe técnico que se compone de FICHA TÉCNICA DEL EDIFICIO, INFORME TÉCNICO y DICTAMEN, en este último, el técnico concluirá sobre el estado de conservación de la edificación y establecerá, si procede, las actuaciones a desarrollar en la edificación para garantizar la seguridad de las personas y la correcta conservación de la construcción.

El ITE en papel, debidamente visada, y formato digital, deberá presentarse en el registro de la Gerencia Municipal de Urbanismo. Los servicios técnicos de la Gerencia informarán la documentación aportada sobre su inclusión en el registro de ITE favorable o, en el caso de ser desfavorable, el inicio de medidas administrativas pertinentes.

Cuando el informe técnico prescriba actuaciones en la edificación, la propiedad solicitará la licencia de obras acompañada de proyecto técnico que describa las mismas. Una vez finalizadas las obras, el técnico responsable de la inspección hará una nueva visita, y si procede, emitirá el dictamen favorable.
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